El Régimen de Tributación Simple señala que, para pertenecer a este, no se pueden obtener ingresos superiores a 100.000 UVT.

Pero ¿Qué sucede si en el año gravable anterior una persona obtuvo ingresos inferiores a 100.000 UVT, se inscribió en el Régimen Simple y en el año gravable en curso obtiene ingresos superiores al límite establecido?

Conozca a continuación, lo que debe conocer esta persona en el supuesto de hecho planteado:

De conformidad con el artículo 905 del Estatuto Tributario (“E.T.”) podrán ser sujetos pasivos del Impuesto Unificado bajo el Régimen Simple de Tributación (“RST”) las personas jurídicas o naturales que, entre otras condiciones, hayan obtenido ingresos brutos ordinarios o extraordinarios en el año anterior inferiores a 100.000 UVT. Leer más